Repasamos el Real Decreto: Los guardias civiles podrán llevar tatuajes visibles, pero no saldrán uniformados en sus redes sociales

 

El Consejo de Ministros aprobó recientemente el Real Decreto por el que se regula el uso general del uniforme y de la imagen de la Guardia Civil.

Repasamos los aspectos más destacados del Real Decreto:

  • Como principal novedad, por primera vez quedan autorizados los tatuajes que sean visibles vistiendo el uniforme, siempre que no contengan expresiones contrarias a los valores constitucionales, que atenten contra la disciplina o la imagen del Cuerpo. En cambio, el Real Decreto prohíbe las argollas, inserciones, automutilaciones, pegatinas, dilataciones y similares, así como implantes microdentales o subcutáneos, excepto las perforaciones para pendientes.
  • Los guardias civiles no podrán usar el uniforme en manifestaciones o reuniones de carácter político, sindical o reivindicativo, ni aparecer con el mismo en redes sociales o chats de carácter privado, en medios de comunicación o en actos publicitarios a no ser que cuenten con autorización expresa.
  • Se prohíbe, con carácter general y para todas las personas ajenas al Cuerpo no autorizadas, el uso público e indebido del uniforme de la Guardia Civil, así como sus insignias, emblemas y condecoraciones oficiales o réplicas de los mismos, y cualesquiera otros accesorios o complementos que puedan generar engaño acerca de la condición de quien los use.
  • Los agentes ya retirados podrán acudir uniformados a actos institucionales y sociales solemnes, pero la dirección de la Guardia Civil podrá impedirle el uso del uniforme cuando se encuentren procesados o enjuiciados por algún delito o hayan realizado acciones manifiestamente contrarias al código de Conducta del personal de la Guardia Civil.
  • El decreto prohíbe la compraventa entre particulares de uniformes de la Guardia Civil o prendas del mismo y señala que los establecimientos autorizados a comercializarlos deberán comprobar la identidad del comprador como miembro del Cuerpo y, en el caso de la venta a distancia, el envío deberá remitirse exclusivamente a dependencias oficiales del Instituto armado.
  • Las productoras audiovisuales, compañías artísticas o cualquier otra entidad que pretenda utilizar uniformes de la Guardia Civil o sus réplicas para representaciones artísticas o para otros fines de interés económico, cultural o social deberán obtener la preceptiva autorización de la Dirección General del Cuerpo.

Fotografía: AUGC